Establecimientos comerciales en Bello tendrán horarios especiales nocturnos en diciembre

La Alcaldía de Bello emitió el Decreto Municipal 830, en el cual se regulan los horarios en las zonas del comercio de restaurantes, bares y discotecas, con atención en horario nocturno, con el fin de reafirmar el compromiso de promover la reactivación económica y la generación de empleo en esta temporada decembrina.

Los nuevos horarios, que empezaron a regir desde el pasado 29 de noviembre y se extenderán hasta el 9 de enero de 2023, fueron establecidos de acuerdo a la zona y confluencia de consumidores, para asegurar el cumplimiento de las normas que deben seguir los administradores y dueños de los establecimientos, y un mayor control desde las autoridades policiales.

La regulación en las diferentes zonas quedó establecida así:

En los barrios Niquía, Prado, La Florida, Obrero y Carretero, más la vereda Potrerito:
De lunes a miércoles: de 10:00 a. m. a 12:00 a. m.
Jueves y domingo: de 10:00 a. m. a 1:00 a. m.
Viernes, sábado y domingo víspera del festivo: de 10:00 a. m. a 3:00 a. m.

Autopista Norte:
De lunes a miércoles: de 10:00 a. m. a 12:00 a. m.
Domingo: de 10:00 a. m. a 1:00 a. m.
Jueves, viernes, sábado y domingo víspera del festivo: de 10:00 a. m. a 5:00 a. m.

Zona Centro
De lunes a jueves: de 10:00 a. m. a 2:00 a. m.
Domingo: de 10:00 a. m. a 1:00 a. m.
Viernes, sábado y domingo víspera del festivo: de 10:00 a. m. a 3:00 a. m.

Los demás establecimientos en zonas no mencionadas, tendrán los siguientes horarios:

De lunes a miércoles: de 10:00 a. m. a 12:00 a. m.
Jueves y domingo: de 10:00 a. m. a 1:00 a. m.
Viernes, sábado y domingo víspera del festivo: de 10:00 a. m. a 2:00 a. m.

En caso de días festivos entre semana, se considera el día anterior como víspera del festivo y tiene el horario indicado en cada zona.

Los propietarios y administradores de los establecimientos comerciales deberán, además, mantener los niveles de ruido y factores de contaminación auditiva, el uso adecuado del espacio público alrededor de los establecimientos y el acatamiento del Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana, Ley 1801 de 2016 (Código de Policía). De no cumplir con las medidas implementadas, se incurrirá en sanciones y multas de acuerdo a lo indicado en dicha ley.

Ante cualquier inconformidad o queja por parte de la ciudadanía, la competencia para ser atendidas la tienen las Inspecciones de Policía respectivas a cada sector o la Inspección de Permanencia, con sede en el Palacio Municipal de la Alcaldía de Bello, parque Santander.

• La medida aplica para restaurantes, bares y discotecas





Be the first to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo no será publicada.


*